El programa Repro II tendrá una vigencia de dos meses. Se pagará una suma a cuenta de las remuneraciones netas de los empleados con un tope de 9 mil pesos mensuales
El Gobierno Nacional relanzó el Programa de Recuperación Productiva (Repro II), que pagará a los trabajadores y trabajadoras de las empresas adheridas una suma a cuenta de sus correspondientes remuneraciones de hasta 9 mil pesos por mes.
La Resolución 938/2020 publicada este viernes en el Boletín Oficial, indica que el proyecto estará a cargo del Ministerio de Trabajo de la Nación y que será viable por dos meses, aunque la inscripción deberá hacerse de forma mensual.
Además, detalla que, en el caso que la remuneración neta del trabajador sea de menos de 9 mil pesos, el subsidio será igual al salario neto completo.
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Criterios de selección:
Por otra parte, la disposición señala respecto a los criterios de selección que “se determinará considerando la cantidad de empleadoras y empleadores postulantes, la situación económica, patrimonial y financiera de los mismos, las condiciones imperantes de la economía nacional y el presupuesto asignado al Programa”.
También se analizará la actividad principal del empleador, que deberá encuadrarse dentro de las no críticas incluidas en el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) y registrar una variación interanual de la facturación negativa.
Asimismo, se hará una evaluación de un conjunto de indicadores económicos, financieros y laborales, calculados para los últimos tres meses desde la fecha de inscripción y para los mismos meses del año anterior, entre los que se encuentran la variación porcentual de la facturación y del IVA compras, el endeudamiento en 2020 y la liquidez corriente, entre otros.
La norma establece que el Repro II será incompatible con el Salario Complementario del ATP, los créditos a Tasa Subsidiada del ATP, el Programa de Recuperación Productiva (REPRO) establecido en septiembre de 2018 y el Programa de Inserción Laboral (PIL).
¿Cómo accedo?
Las empresas que quieran acceder al programa deberán postularse a través del servicio ATP de la web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y detallar la información solicitada: nómina de personal independiente con su remuneración total y Clave Bancaria Uniforme (CBU), así como el Balance del Ejercicio 2019 certificado por el Colegio de Profesionales de Ciencias Económicas.
Sumado a esto, deberán presentar una planilla electrónica con indicadores económicos, patrimoniales y financieros, firmada por profesional contable.
La liquidación del subsidio estará a cargo de Ansés, que transferirá directamente a los CBU declarados en el sistema, pertenecientes a los trabajadores y trabajadoras.
La normativa determinó que serán excluidas del beneficio las empresas que desvinculen personal por despido sin justa causa, falta o disminución de trabajo o por fuerza mayor, o suspendan personal por los mismos motivos.
El programa Repro se creó en 2003 durante el mandato de Cristina Fernández de Kirchner y se aplicó hasta el 2016. Posteriormente, el gobierno de Mauricio Macri lo reactivó en septiembre de 2018.
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